A petición de TECNIBERIA y de las organizaciones sindicales, se han publicado las tablas salariales 2024 del XX Convenio Colectivo Sectorial de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos, Inspección, Supervisión y Control Técnico y de Calidad

A petición de TECNIBERIA y de las organizaciones sindicales, se han publicado en el BOE tablas salariales para 2024 del XX Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Ingeniería, que ofrecen una visión esencial sobre el significado y la importancia del convenio colectivo. Entender estas tablas es fundamental para garantizar la equidad y la transparencia en las relaciones laborales, así como para proteger los derechos de los trabajadores y promover un entorno laboral justo y colaborativo.

La actualización ha sido del 2,30% de acuerdo con el artículo 33.2 texto del XX Convenio, y como consecuencia de que el porcentaje de variación anual del IPC registrado a fecha 31/12/2023 ha sido del 3,10%. Esta actualización tiene efecto desde el 1 de enero de 2024. En consecuencia, y teniendo en cuenta igualmente el importe, para el año 2024, del Plus de Convenio regulado en el artículo 38 del XX Convenio.

 

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En la aplicación de las tablas salariales arriba expresadas, cuando proceda, las empresas deberán tener en cuenta lo previsto en el artículo 34 bis del XX Convenio, y demás legislación de aplicación, para garantizar que la persona trabajadora perciba, como mínimo, el salario mínimo interprofesional que, por disposición legal, quede fijado para el año 2024.

 

Estas tablas establecen estándares mínimos de remuneración en función de los niveles salariales para diferentes categorías de empleados dentro de una organización, a las que hay que añadir factores como la experiencia, la capacitación, la antigüedad y otras consideraciones pertinentes.

El Salario Convenio es el punto de partida para el cálculo del salario mensual de cada empleado, que junto a las primas y bonificaciones conformaran el salario bruto. Para el calculo del coste salarial hay que añadir las aportaciones obligatorias a la seguridad social, entorno al 33%, las cuales incluyen contribuciones para la seguridad social, pensiones, desempleo y accidentes de trabajo.

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